Mis derechos

¿Conoces tus derechos cuando te relacionas con la administración pública? A menudo la ciudadanía desconoce las obligaciones de la administración en la relación hacia esta, especialmente en el ámbito digital.

Se pueden resumir en los siguientes principios:

  1. Consulta o solicita cualquier información pública relevante (según la ley de transparencia).
  2. ¡Dónde y cuando quieras!
  3. Deja constancia
  4. Frente a frente o a distancia
  5. La información, a mano
  6. Información, la justa
  7. Siempre en el día
  8. Tus datos, seguros

1. Toda la información a tu alcance

Consulta o solicita cualquier información pública relevante (según la ley de transparencia).

  • Acceder a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con el que prevé la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del ordenamiento jurídico.
  • El derecho de información, el derecho de acceso a los datos tratados, el derecho de rectificación de datos, el derecho de supresión, el derecho de limitación del tratamiento, el derecho a la portabilidad, el derecho de oposición y el derecho de la no inclusión en tratamientos automatizados.
  • Solicitar, en cualquier momento, la expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos que las administraciones públicas hayan emitido válidamente.
  • Obtener información y orientación sobre los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan llevar a cabo.
  • Conocer a través de los portales de transparencia, los planes normativos anuales aprobado por cada administración pública, que contenga las iniciativas legales o reglamentarias que se tengan que elevar para su aprobación el año siguiente.
  • Conocer a través del directorio geográfico publicado a la sede electrónica de la administración pública, la oficina de asistencia en materia de registros más próxima a su domicilio.

2. ¡Dónde y cuando quieras!

Puedes hacer todos los trámites electrónicamente en cualquier lugar y momento.

  • Utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma.
  • Ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que tendrán que facilitarlos el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Obtener y utilizar los medios de identificación y firma electrónica admitidos.
  • Actuar por medio de representante y considerar acreditada la representación efectuada mediante apoderamiento «apud acta» efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la sede electrónica correspondiente, o a través de su inscripción al registro electrónico de apoderamientos de la Administración pública competente.
  • Formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que tienen que ser tenidos en cuenta por el órgano competente en redactar la propuesta de resolución.
  • Actuar asistidos de un asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.

3. Deja constancia

Obtén un recibo electrónico de tus solicitudes como comprobante y verifica los responsables.

  • Acceder y obtener una copia de los documentos contenidos en los procedimientos en que tengáis la condición de interesados y a acceder y obtener copias en el punto de acceso general electrónico de la Administración competente o en las sedes electrónicas que correspondan.
  • Identificar las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas bajo la responsabilidad de las cuales se tramiten los procedimientos.
  • Conocer los códigos de identificación de los órganos, centros o unidades administrativas.
  • Verificar a través de la sede electrónica de la Administración pública los documentos emitidos con un código seguro de verificación.

4. Frente a frente o a distancia

Elige el canal de relación para cada trámite: presencial o telemático.

  • Comunicarse con las administraciones públicas a través de un punto de acceso general electrónico de la Administración.
  • Ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las administraciones públicas.
  • Escoger y modificar en todo momento por parte de las personas físicas no obligadas a la relación electrónica con la administración, si se comunican con las administraciones públicas para ejercer sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no.
  • Cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
  • Presentar documentos dirigidos a las Administraciones públicas.

5. La información, a mano

Recibe las notificaciones por medios electrónicos, si así lo prefieres.

  • Acceder a las notificaciones en formato electrónico a través de la sede electrónica o a la dirección electrónica habilitada única.
  • Ser notificados de los hechos que se los imputen, de las infracciones que estos hechos puedan constituir y de las sanciones que, si se tercia, se los puedan imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya esta competencia.

6. Información, la justa

No tienes que aportar datos y documentos que ya tiene la Administración.

  • Que se le devuelvan, con carácter general, los documentos originales presentados de manera presencial ante las administraciones públicas, una vez digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en que se hayan presentado para su incorporación al expediente administrativo electrónico.
  • No presentar documentos originales salvo que la normativa reguladora aplicable establezca el contrario. En este último caso, tenéis derecho a obtener copia autenticada del documento original presentado.
  • No presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento, que ya estén en poder de las administraciones públicas o que hayan sido elaborados por estas.

7. Siempre en el día

Conoce el estado de tramitación de tus expedientes por medios electrónicos.

  • Conocer en cualquier momento: el estado de la tramitación de los procedimientos en que tengáis la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo, en caso de que la Administración no dicte ni notifique una resolución exprés dentro del plazo; el órgano competente para su instrucción, si se tercia, y la resolución; y los actos de trámite dictados.

8. Tus datos, seguros

Tus datos que dispone la Administración y el uso que hace, con la opción de pedir rectificarlas, limitar el tratamiento o, incluso, suprimirlas (derecho al olvido).

  • La protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas.
  • El derecho de información, el derecho de acceso a los datos tratados, el derecho de rectificación de datos, el derecho de supresión, el derecho de limitación del tratamiento, el derecho a la portabilidad, el derecho de oposición y el derecho de la no inclusión en tratamientos automatizados.